El Banco Central de la República Argentina (BCRA) colocó US$ 810 millones en la primera licitación de la cuarta serie de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), que sirve para que las grandes empresas giren dividendos al exterior.
De acuerdo a lo anunciado por la autoridad monetaria, las ofertas que se recibieron fueron adjudicadas en su totalidad. La próxima subasta tendrá lugar el miércoles 2 de julio con un cupo de US$ 3.000 millones. De esta manera, restarían US$ 2.190 millones por colocar.
El Gobierno autoriza a usar el BOPREAL para pagar deudas fiscales y aduaneras
BOPREAL 4: el BCRA colocó más de US$ 800 millones
Los títulos están nominados en dólares y devengarán una tasa de interés anual del 3%, pagadera en forma semestral. El capital será amortizado en un único pago en octubre de 2028. La suscripción se efectúa en pesos al Tipo de Cambio de Referencia de la Comunicación A 3500 para afrontar las obligaciones de compañías en el extranjero.
«Esta nueva Serie tiene como objetivo avanzar en la resolución de desequilibrios cambiarios heredados, asociados a stocks retenidos de deuda con el exterior, y se enmarca como un complemento a la flexibilización de flujos y a la normalización del régimen cambiario de la Fase 3 del Programa Económico iniciada el 11 de abril», remarcaron desde el BCRA.
Al mismo tiempo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el uso del BOPREAL 4 para cancelar deudas impositivas y aduaneras entre el 30 de abril de 2025 y el 31 de octubre de 2028, hasta un tope de US$ 1.000 millones.
De acuerdo al Decreto 385/2025 publicado el martes pasado en el Boletín Oficial «los tenedores de la Serie 4 de las Notas del BCRA en dólares estadounidenses, denominadas BOPREAL, emitidos a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 30 de septiembre de 2025, ambas fechas inclusive, podrán darlos en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras, con más sus intereses, multas y accesorios».
ARCA habilitó el uso de BOPREAL para cancelar deuda
Según explicaron desde el organismo recaudatorio, los bonos deben transferirse a la cuenta comitente de ARCA vía Caja de Valores y se imputan como Bonos Electrónicos no transferibles ni negociables a fin de honrar las obligaciones tributarias que existan.
En simultáneo, la nueva normativa establece una serie de excepciones para esta alternativa:
- Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social.
- Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales.
- Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
- Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
- Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
- Las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.
En cuanto al valor de los mismos, el texto aclara que «la aplicación, percepción y fiscalización de las operaciones está a cargo de ARCA, que junto al BCRA fijarán los plazos y las condiciones para que los tenedores de estos bonos puedan darlos en pago a su valor técnico que será calculado al tipo de cambio que resulte aplicable».
Asimismo, la legislación determina que los BOPREAL podrán ser transferidos libremente por sus titulares y reconoce que la posibilidad de usarlos para saldar deudas “constituye un derecho adquirido, tanto para el suscriptor como para cualquier tenedor de aquellos y, por ende, forma parte de su derecho de propiedad”.
MFN/EM