jueves, 30 abril, 2026

La Justicia ordenó restituir la pensión de Cristina Kirchner y el Gobierno recurrirá a la Corte

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la ANSES y confirmó que la exmandataria debe cobrar la pensión por viudez. El Ministerio de Capital Humano anunció que presentará una queja ante la Corte Suprema.

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso extraordinario presentado por la ANSES y dejó firme la decisión judicial que ordena restituir la pensión a Cristina Fernández de Kirchner. La medida fue confirmada por el Ministerio de Capital Humano, que a través de un comunicado oficial anunció que recurrirá en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar revertir el fallo.

La disputa judicial se inició a fines de 2024, cuando la ANSES resolvió dar de baja dos prestaciones que percibía la exmandataria: la pensión como viuda del expresidente Néstor Kirchner y la jubilación correspondiente a su cargo como presidenta. La decisión administrativa se tomó luego de la confirmación de la condena en la causa Vialidad, lo que derivó en una serie de presentaciones judiciales por parte de la defensa de Cristina Kirchner.

La Cámara ya había intervenido previamente para suspender la baja del beneficio y ahora ratificó su postura al rechazar el planteo del organismo previsional. En su análisis, el tribunal consideró que la ANSES no tenía facultades para eliminar la pensión, sino únicamente para suspenderla, y cuestionó que la decisión se hubiera fundamentado en “cuestiones de honor”.

El fallo distingue entre ambas prestaciones: mientras que la pensión como viuda debe ser restituida, la jubilación por haber ejercido la presidencia continuará suspendida. Desde el Ministerio de Capital Humano adelantaron que presentarán un recurso de queja ante la Corte Suprema, al considerar que la resolución judicial “afecta el principio de legalidad” y realiza una interpretación errónea del marco normativo. Además, sostuvieron que la condena e inhabilitación de la exmandataria implican una prohibición expresa para percibir este tipo de beneficios.

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