Luego de la caída del impuesto PAIS y la decisión de gobierno de Javier Milei de no renovarlo, se confirmó este lunes la extensión por el plazo de dos años de la vigencia del Fondo Nacional de Turismo. De esta manera la gestión mantendrá, por lo menos hasta el 31 de diciembre de 2027, el impuesto del 7% que pesa sobre el precio de los pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior.
Así quedó plasmado en el Decreto 4/2027 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas de Milei y de todos los miembros de su Gabinete de ministros.
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El Fondo Nacional de Turismo fue creado en el marco de la Ley Nacional de Turismo promulgada hace 20 años, en enero de 2005 durante el gobierno de Néstor Kirchner, y tiene como objetivo promover, regular y desarrollar la actividad turística en el país. Además, la norma establece la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos y atractivos turísticos nacionales, garantizando la calidad y fomentando la cooperación entre los sectores público y privado en el ámbito turístico.
La administración de este fondo está a cargo de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, en colaboración con la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes que conduce Daniel Scioli.
Con esta decisión del gobierno de Milei el Fondo Nacional del Turismo se renueva nuevamente, marcando la segunda extensión de su vigencia, conforme lo detallado en los fundamentos expuestos. «Que la vigencia del Fondo de que se trata, de conformidad con lo previsto en el inciso m) del artículo 24 de la Ley N° 25.997 y sus modificatorias, fue establecida por un plazo de DIEZ (10) años, habiendo sido prorrogado, por mandato del artículo 58 de la Ley N° 27.008, por otros DIEZ (10) años, a partir del 5 de enero de 2015».
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La institución, que opera bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se financia mediante diversas fuentes: las partidas asignadas en el Presupuesto de la Administración Nacional, donaciones y legados al Estado nacional destinados a fines turísticos, intereses, recargos, multas y otras sanciones económicas por incumplimientos de la normativa vigente, ingresos provenientes de servicios prestados a terceros y concesiones otorgadas, además del mencionado impuesto del 7% conocido como DNT, según lo estipulado en la legislación.
Decreto 4/2025:
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