martes, 14 abril, 2026

Tribunal de Nueva York suspende apelaciones en el juicio por la expropiación de YPF

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York ordenó la suspensión de todas las apelaciones pendientes relacionadas con el caso, tras revocar en marzo la condena de US$16.100 millones contra la Argentina.

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dio un nuevo paso en el proceso judicial por la expropiación de YPF: dejó en suspenso todas las apelaciones pendientes vinculadas al caso y canceló la audiencia que tenía programada para este jueves. La decisión es consecuencia del fallo de fines de marzo, que revocó la condena de US$16.100 millones impuesta por la jueza Loretta Preska, y apunta a ordenar el proceso mientras ese pronunciamiento no adquiera firmeza.

Entre las apelaciones suspendidas se encuentra la presentada por la propia Argentina contra una orden de Preska que le exigía entregar acciones de YPF como garantía. Al congelar ese y otros recursos, el tribunal evita avanzar en cuestiones que podrían tornarse abstractas si el fallo queda finalmente confirmado.

El fallo quedará firme una vez que se agoten los plazos para los dos recursos que la ley permite interponer a los fondos demandantes, Burford Capital y Eton Park. El primero es un pedido de revisión ante la totalidad de los magistrados de la Cámara. El segundo es un recurso ante la Corte Suprema de Estados Unidos, que acepta revisar apenas alrededor de un centenar de los miles de casos que recibe anualmente.

Especialistas que siguen el expediente coinciden en que las chances de revertir lo resuelto son bajas en ambos casos. Los mercados ya habían anticipado ese diagnóstico: cuando se conoció el fallo a fines de marzo, las acciones de Burford se desplomaron un 40% en Wall Street y un 46% en Londres.

En su fallo de marzo, el tribunal, con dos votos a favor y uno en disidencia, revocó la sentencia de primera instancia que ordenaba al Estado argentino pagar más de US$16.100 millones más intereses. Los jueces determinaron que la jueza Preska había interpretado erróneamente el derecho argentino, señalando que los estatutos de una empresa no generan obligaciones bilaterales entre accionistas que habiliten una demanda de daños contractuales ante un tribunal estadounidense, y que la ley de Expropiaciones argentina prohíbe expresamente las acciones judiciales de terceros que interfieran con una expropiación.

El fallo no fue una absolución moral para la Argentina. El propio tribunal reconoció que el Estado violó los estatutos de YPF y que su negativa a cumplir promesas hechas a inversores extranjeros durante la privatización de los años 90 daña la credibilidad del país como destino de inversión. Sin embargo, separó esa valoración de la cuestión jurídica central, señalando que el remedio legal elegido por los demandantes no existe bajo el derecho argentino aplicable al caso. Burford mantiene abierta la posibilidad de seguir litigando.

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